CONDENAN 30 AÑOS PRISIÓN OBRERO MATÓ COMERCIANTE

Ultima Actualización: miércoles, 01 de junio de 2011. Por: Gregorio Del Rosario

El Tribunal Colegiado del distrito judicial de Puerto Plata sentenció este martes a 30 años de prisión a un obrero al que encontró culpable de asesinar a un comerciante del sector de San Marcos de esta ciudad.

Los magistrados Aloides De Jesús Matías Cueto, Francia Rosa Liriano y José Juan Jiménez, impusieron la pena máxima a Euclides Santos Lebrón, quien dio muerte a Félix Alberto Noesí.

 

Este hecho de sangre ocurrió el 14 de enero de 2010. En la ocasión Santos Lebrón impactó de un disparo en el tórax con fine de atracar a dicho comerciante cuando éste último se disponía abrir la puerta de un colmado de su propiedad que manejaba en la calle principal del barrio San Marcos.

 

Además, por este hecho fue sentenciado a cinco años de reclusión penitenciaria  un menor cuyo nombre se omite por razones legales, el cual participó como cómplice en este atraco e incluso despojaron a la víctima de una cadena de oro valorada en más de 80 mil pesos y de una pistola nueve  milímetros.

 

Esta arma fue ocupada por la Policìa Nacional días después en manos de Santos Lebrón, quien de inmediato huyó a Santo Domingo, pero fue apresado por miembros de la institución del orden público que lo persiguieron tenazmente.

 

Los representantes del Ministerio Público, licenciados Ramón Antonio Núñez Liriano  y Grimilda Disla Mateo, presentaron a los jueces del Tribunal Colegiado como elementos de pruebas para sustentar su acusación, el arma de fuego propiedad del comerciante Noesí, un motor que fue identificado por varios testigos que ofrecieron sus testimonios al plenario, el cual fue utilizado por estos elementos para  cometieron este hecho de sangre.

 

Durante la audiencia que se llevó a cabo en una de las salas de la segunda planta del Palacio de Justicia, Santos Lebrón negó en todo momento su participación en el hecho y dijo que para esa fecha había viajado hacia Haití, para  comercializar electrodomésticos desde República Dominica.

 

Sin embargo, Lebrón no aportó las pruebas que establecieron que para enero luego del paso del terremoto que devasto Haití éste visitó dicho país.

 

El tribunal encontró culpable a Santos Lebrón de violación a los artículos 59,60, 265, 266, 295, 296, 297, 298, 304, 379, 381, 382 y 383 del Código Penal Dominicano.

 

Los representantes del Ministerio Público solicitaron a los jueces del Tribunal Colegiado la pena máxima para Santos Lebrón.

 

Por este hecho se busca a un joven selo identificado como Chacho, quien supuestamente fue la persona que al momento del asalto y muerte del comerciante Noesí condujo la motocicleta, la cual posteriormente fue incautada en la comunidad El Naranjal.