Doña Antonia está envuelta en un proceso judicial por un accidente de tránsito que tuvo en noviembre del año pasado.
La están acusando de que conducía a una velocidad excesiva, entre carriles y de manera “atolondrada” por la avenida Manolo Tavarez Justo de Puerto Plata y al pasar por el frente del hospital Ricardo Limardo, atropelló a un motociclista que precisamente iba saliendo de ese centro asistencial.
Algunos testigos dicen que el motociclista salió a una gran velocidad desde el hospital y fue quien impactó el vehículo de doña Antonia en el guardalodo derecho.
La declaración escrita de la dama en el acta de la Digeset resa de la siguiente manera: Señor, cuando iba conduciendo de oeste a este por la avenida Manolo Tavarez Justo, frente al hospital, “no me percaté” de que venía un motociclista saliendo de ese establecimiento.
Como consecuencia del accidente le conocieron medida de coerción y le impusieron una fianza y la presentación los días 30 de cada mes.
Doña Antonia enfrenta un proceso judicial cuyo elemento de partida, aunque no definitivo para endilgarle una falta en la conducción, lo es el acta de la Digesett.
La colocación de las frases “no me percaté”, “no lo vi venir” “no me fijé” son elementos que hay que evitar en las actas.
Es recomendable leerla y releerla antes de firmarla. La redacción de la declaración no puede ser la que diga el escribiente ni nadie que se encuentre en el lugar donde se esté inscribiendo. Debe ser clara, precisa y, sobre todo, que responda a la verdad.
Hay que estar atentos, el acta es importante aunque solamente sea una prueba referencial en un juicio penal.