Explíquenlo, por favor

Ultima Actualización: sábado, 17 de agosto de 2013. Por: Juan Yamil Musa

Cuando un delincuente decide delinquir, ha realizado dos ejercicios que le permiten decidir finalmente si incumplir la ley o no: a. la probabilidad de ser descubierto y condenado, y b. la magnitud del castigo en caso de ser sorprendido.

Cada vez que en una sociedad se presta a modificar parte importante de su normativa legal, es natural que los ciudadanos se muestren, unos, a favor, y otros, en contra. Anormal sería la inercia social ante cambios profundos, lo que daría muestra de la presencia de un estado anímico, rezagado e ineficaz. El mejor termómetro para verificar si un estado funciona es verificando la inclusión ciudadana en los aspectos que importen a toda la sociedad en su conjunto.
 
Es por esto que cada vez que el Poder Legislativo se presta a modificar parte de la normativa que rige nuestro país, la sociedad se empodera y participa de manera activa en dichos cambios. Debería de suceder siempre, ya que es una muestra de que nuestros congresistas actúan de acuerdo a los cambios sociológicos, políticos y económicos que vive la sociedad. La inercia, en este caso, sí es fatal. Es preciso romper esa barrera psicológica que existe sobre las modificaciones legislativas. Cada vez que el caso lo amerite, debe hacerse. Ejemplos nos bastan de leyes arcaicas que han permanecido increíblemente intactas en nuestro ordenamiento jurídico, desde épocas napoleónicas. Una cosa es evitar un desprendimiento brusco denuestras raíces legales, y otra cosa, obviar los procesos de cambios de una sociedad. 
 
Un aumento de las penas podría significar la impotencia del sistema de política pública que se está aplicando. Cuando se realiza un aumento de la pena, en realidad lo que se está haciendo es modificando la parte final de la cadena completa que se encarga de dictar las políticas públicas sobre las penas. La cadena es la siguiente: comisión del delito, persecución del delincuente, captación del delincuente, procesamiento del mismo, condenación y luego ejecución de pena. Previamente a la aparición de toda esta cadena, hay toda una etapa destinada, exclusivamente, a la prevención del delito. Si hablamos de una modificación legislativa únicamente sobre una parte de la cadena (desde luego, importante), estamos obviando el resto de la misma, que de igual forma incide de manera directa para el mejoramiento de las políticas públicas. Por eso debe existir todo un enlace estratégico, un proceso integral, que conlleve programas desde la prevención hasta la ejecución de la condena sobre el delincuente. 
 
Cuando un delincuente decide delinquir, ha realizado dos ejercicios que le permiten decidir finalmente si incumplir la ley o no: a. la probabilidad de ser descubierto y condenado, y b. la magnitud del castigo en caso de ser sorprendido. Si las probabilidades de ser descubierto  y condenado permanecen iguales, poco importará la magnitud del castigo, ya que el riesgo mayor del delincuente se haya en la etapa previa a la consumación del delito, no después. Aunasí, es preciso desde luego, saber con exactitud qué costo en términos económicos conlleva para el estado un aumento de las penas.
 
Como se trata de una política pública, se debe tener la certeza que dicho aumento en los gastos será una inversión para el estado para mantener alejado al que delinque de la sociedad, y no una carga. En términos estrictamente económicos, una persona que guarde condena es una carga económica para el estado. Esta parte no puede excluirse en un estudio en materia legislativa, sobre todo penal, la cual contiene profundas consecuencias sobre la sociedad. Un aumento de las penas es un asunto complejo. 

Explíquenlo, por favor.