“La Ley 4314 manda que los avances por alquileres se depositen en cuentas de ahorro del Banco Agrícola, pero la mayoría de los propietarios de viviendas no la cumplen. El Bagricola tiene en cartera 330 millones de pesos por ese concepto de propietarios que cumplen con la ley”, recordó el administrador del Banco Agrícola, Paíno Abreu Collado. Los depósitos, quizás usted no lo sabía, ganan intereses mensuales a la tasa que paga el Banco Agrícola.
Abreu Collado “observó que desde el 1988, año que el Congreso aprobó la Ley 17, mediante la cual transfirió desde la desaparecida Dirección General de Rentas Internas a la institución bancaria la recepción de los avances por alquileres, ningún depositario ha tenido problema alguno para retirar estos al final del contrato y con creces ya que se les acumulan los intereses."
El administrador del Bagricola dijo “que tan pronto el propietario y el inquilino terminan sus relaciones contractuales sólo tienen que enviar una comunicación notificando tal acuerdo e inmediatamente reciben los avances depositados por alquiler de la vivienda o establecimiento comercial, incrementados con la tasa de interés de ahorro que se le computa mensualmente.”
Lisandro Macarrulla, presidente del CONEP, consideró que “a través del proyecto de ley, introducido recientemente al Senado de la República y pendiente de revisión por su Comisión de Justicia, se pretende ampliar las prerrogativas del Banco Agrícola para retener los depósitos y adelantos de alquileres comerciales, de viviendas, de naves industriales e instalaciones para servicios hoteleros, turísticos o de recreación con el fin de capitalizarlas, lo que a su juicio, afectaría considerablemente al sector inmobiliario del país y a los propietarios e inquilinos.
"Si bien entendemos la necesidad de facilitar el crédito para los productores agrícolas y promover mayores inversiones en tan importante sector de la economía, disentimos de la forma en que se pretende lograr esto a través de depósitos obligatorios de los avances de alquileres efectuados por inquilinos en el país, lo que viola el derecho fundamental a la igualdad consagrado en el artículo 39 de nuestra Constitución pues se estaría privilegiando a un sector con fondos provenientes de particulares”, expresó Macarrulla.”
Declaraciones recogidas por Diario Libre en el día de ayer.
¿Tiene razón el líder empresarial dominicano? No.
La ley es sabia y justa al disponer que la protección de esos avances o adelantos de alquileres obligatoriamente esté bajo el cuidado del Estado (antes Rentas Internas, desde 1988 el Bagricola), no del propietario del inmueble, pues se trata de un dinero propiedad del inquilino, que ha avanzado como garantía y que el propietario no puede hacer uso a su antojo y beneficio.
Es precisamente la obligatoriedad la que impide discrecionalidad y privilegios en el cumplimiento de la ley. ¿Quién pagaría impuestos si no fuera obligatorio? ¿Quién depositaría en el Bagricola si no fuera obligatorio?
Privilegiar sectores es costumbre y política de todo Estado que debe, de acuerdo a su plan de desarrollo y a las circunstancias, establecer facilidades, estímulos para el crecimiento de empresas, negocios y familias que estima claves en un momento o período de tiempo. Empresas turísticas, de Zonas Francas, generadoras de electricidad, industriales, de energías renovables, han sido favorecidas/privilegiadas, en algún momento, por el Estado dominicano.
Cuidar el dinero de los inquilinos, asegurar las garantías de los propietarios, proveer ganancias (intereses) e invertirlos en reactivar las empresas agropecuarias debería ser una preocupación compartida por todos los empresarios, el Estado y los ciudadanos.
Me parece.
Fuente: www.perspectivaciudadana.com