La Superfinanciera aclara que existen dos excepciones para comprar seguros en el exterior. Una es cuando se adquiere una póliza que cubre los riesgos que se presentan durante un viaje fuera del país y la otra es, si por razones de interés general, el ente de control aprueba la contratación de un seguro que no está disponible en el territorio colombiano.
En cuanto a las compañías extranjeras con presencia en el país, la Superfinanciera les aprueba unos ramos y deben contar con autorización para comercializarlos. Por ejemplo, si una multinacional de seguros quiere ofrecer en el mercado doméstico un determinado producto, que vende en otras naciones, deberá contar con el visto bueno del ente de control.
Ante este panorama, tanto Fasecolda como la Superintendencia recomiendan comprar seguros únicamente a las firmas autorizadas, y si le llegan a ofrecer el producto, por medio de algún mecanismo de venta directa, como el vendedor de maletín, el consejo es verificar en el sitio web de cualquiera de las dos entidades, si la compañía que emitirá la póliza está avalada para vender seguros en Colombia.
De todas formas, una vez entre en vigencia la reforma financiera no significa que el mercado de seguros quedará completamente libre. La Directora Jurídica de Fasecolda, Rebeca Herrera, dice que, si bien la norma permitirá en un futuro tomar seguros con entidades extranjeras, eso solo será posible fuera del país. "En la práctica, los colombianos se tendrán que desplazar al exterior para realizar dicha contratación".