Abogado aclara empleados de la Minería Cormidom, podrían ser condenados a un año de prisión por interrumpir labores y atentar al libre ejercicio de la

Ultima Actualización: domingo, 21 de mayo de 2023. Por: Amadeo Peralta

El abogado Amadeo Peralta, al ser entrevistado por periodistas de este medio, sobre la situación jurídica existente producto de la paralización de labores de la Mina Cerro de Maimón (Sitracema), por parte de empleados de confianza de los dueños, que se confabularon y que mantienen una huelga  que llevó a la paralización de todos los trabajos contra la  empresa Corporación Minera Dominicana (CORMIDOM), nos aclaró que si los directivos de dicha empresa lo deciden,  estos podrían querellarse contra varios de los empleados responsables y contra los mismos no solo solicitar prisión preventiva, sino también la reparación en daños y perjuicios en virtud a lo que disponen los artículos 414, 415, 416, 417 del Código Penal Dominicano, los cuales establecen de manera clara lo siguiente; 


Art. 414.- Se castigará con prisión de un mes a un año, y multa de diez a trescientos pesos, o con una de las dos penas solamente, al que por medio de violencias, vías de hecho, amenazas o maniobras fraudulentas, hubiese operado, mantenido o intentado operar y  mantener una interrupción de trabajo, con el fin de forzar la alza o la baja de salarios, o de atentar al libre ejercicio de la industria.  


Art. 415.- Cuando los hechos castigados por el artículo anterior hubieren sido cometidos por consecuencia de un plan concertado, se podrá someter a los culpables en virtud de la sentencia, a la vigilancia de la alta policía, durante un año a lo menos, y tres a lo más. 


 Art. 416.- Se castigará con prisión de uno a seis meses, y multa de diez a cien pesos, o con una de las dos penas solamente, a todos los obreros y empresarios de obras que, por medio de multas, prohibiciones, proscripciones e interdicciones pronunciadas por  consecuencias de un plan concertado, hubieren atentado contra el libre ejercicio de la industria y del trabajo.  Los artículos 414 y 415, que anteceden se aplicarán a los propietarios o colonos, así como a los cosecheros, sirvientes y trabajadores  del campo. 


Art. 417.- Los que con objeto de perjudicar la industria del país, hayan hecho pasar al extranjero  directores , dependientes u obreros de un establecimiento, se castigarán con prisión de seis meses a dos años, y multa de diez a sesenta pesos.  


El abogado Amadeo Peralta recordó que recientemente La Corte de Trabajo del Departamento Judicial de la provincia de La Vega ordenó el reintegro a las labores del Sindicato de trabajadores de la Mina Cerro de Maimón (Sitracema) que mantiene una huelga contra la Corporación Minera Dominicana (CORMIDOM).


La decisión del tribunal laboral fue tomada por el juez presidente, Miguel Mijigón, acogiendo la solicitud de la empresa, ya que “esta situación pone en riesgo la permanencia de las operaciones mineras en la zona y está impidiendo de forma directa las operaciones de CORMIDOM, lo que pone en riesgo y peligro el trabajo de aproximadamente 700 trabajadores”.


También salió a la luz pública una presunta grabación en donde se escucha una conversación de varios supuestos empleados de confianza de los directivos de la mina, confabulándose para paralizar la empresa  minera para forzar a sus directivos a que les entreguen unos supuestos beneficios.


Se recuerda que, debido a la situación extrema y de fuerza mayor y a las consecuencias de este conflicto, CORMIDOM anunció la suspensión de sus operaciones productivas lo que les ocasionó graves pérdidas y entraba en un proceso solamente de mantenimiento, lo que es una causa clara para solicitar el resarcimiento de daños y perjuicios por la acción dolosa de sus empleados.


El anuncio fue dado a conocer por Paul Marinko, presidente de CORMIDOM, quien indicó que, para tales fines, ya han iniciado todos los debidos procesos ante las autoridades competentes.

El abogado agregó que si producto de esta situación de cierre provocado de manera dolosa por parte de empleados de confianza de la empresa, esto provocó que algún alto directivo o ejecutivo de la minera se tuviera que ir a su país de origen por el cierre en estas condiciones la pena para los empleados aumentaría a dos años de prisión correccional en virtud a lo previsto por el artículo 417 del Código Penal Dominicano.


En Septiembre del año pasado, la Corporación Minera Dominicana (Cormidom) entregó al municipio de Maimón un cheque de (Veintinueve millones) RD$29,797,719.00, dando cumplimiento a las disposiciones de la ley 64-00 de Medio Ambiente y Recursos Naturales que establece el otorgamiento a los municipios del 5% de los beneficios netos generados por el aprovechamiento de recursos no renovables, Paul Marinko, presidente de Cormidom, expresó que el pago corresponde a los beneficios netos del año fiscal 2021, originados en las operaciones de la Mina Cerro de Maimón. Los recursos fueron entregados al alcalde Albert Cabral y al tesorero Daniel Hernández, en presencia del Concejo de Regidores, en un acto formal realizado en las oficinas de la empresa minera.


Con la pandemia del Covid-19 “Durante este período de incertidumbre, Cormicom fue esencial en el movimiento económico y social del municipio de Maimón, al continuar con el pago de los salarios de todos los trabajadores aún no estuvieran laborando. También continuaron con los aportes al Ayuntamiento y las comunidades para que todos juntos pudiéramos sobrepasar la pandemia”, explicó el ejecutivo.


Con los recursos aportados por la empresa  Cormicom a la Alcaldía de Cotuí esta dio inicio obras con una inversión de más de 14 millones de pesos, dejó iniciada varias obras, las cuales beneficiarán a varios sectores, las obras dejada en ejecución son la construcción de aceras y contenes, y pavimentación de Los Callejones Los Mangos y Marcia y Keke, en el sector de Pueblo Nuevo, y otro en el barrio Los Pomos, además la construcción de aceras y contenes, en el barrio Colina de Minas, y la terminación de una Capilla, en la Comunidad de Duey, entre otras de importancia para la comunidad.