Tribunal de Puerto Plata condena hombre a 20 años de prisión por cometer delito de incesto contra su nieta

Ultima Actualización: viernes, 18 de marzo de 2022. Por: ANTONIO HEREDIA

El veredicto emitido por los jueces Venecia Rojas, José Juan Jiménez y Julio Araujo, recayó sobre el imputado cuya identidad se omite por razones legales el cual fue confinado al Centro Correccional y de Rehabilitación San Felipe donde cumplirá su pena.

PUERTO PLATA. - Tras ser hallado culpable de incurrir en el delito de incesto contra su nieta, el Tribunal Colegiado del Distrito Judicial de Puerto Plata condenó un hombre a 20 años de prisión.

 

El veredicto emitido por los jueces Venecia Rojas, José Juan Jiménez y Julio Araujo, recayó sobre el imputado cuya identidad se omite por razones legales el cual fue confinado al Centro Correccional y de Rehabilitación San Felipe donde cumplirá su pena.

 

Durante el juicio, la Fiscalía de Puerto Plata sustentó ante el tribunal con argumentos de pruebas valederos, la acusación criminal contra el individuo quien cometió incesto contra su nieta de 12 años, abusando sexualmente de la misma de forma recurrente.

 

En el proceso investigativo del caso, las fiscales Evelina Suero y Mariela Hernández, pudieron determinar que el abuelo abusaba de la menor desde que tenía 9 años y la mantuvo en silencio mediante amenazas de hacerle daño a ella o a otros miembros de la familia.

 

El Ministerio Público presentó las evaluaciones psicológicas y del médico forenses, así como el testimonio de la afectada, obtenido mediante el procedimiento de Cámara de Gesell, dándole la calificación jurídica de violación a los artículos 332-1 y 332-2 del Código Penal, modificado por la Ley 24-97, que tipifican y sancionan el incesto.

 

 Por tal motivo, el encartado también violó también el artículo 396, literales B y C, de la Ley 136-03, que instituye el Código para el Sistema de Protección y los Derechos Fundamentales de los Niños, Niñas y Adolescentes, atinente al abuso psicológico y sexual contra menores de edad.