Anuncian montos de multas impuestas a ciudadanos violan toque de queda, jurista considera esa acción como “ilegal”

Ultima Actualización: martes, 12 de enero de 2021. Por: ANTONIO HEREDIA

Mediante un comunicado público, la Procuraduría General de la República explica que las multas se encuentran contenidas en las medidas impuestas por el Gobierno dominicano a fin de evitar la propagación del coronavirus.

PUERTO PLATA.- Las autoridades gubernamentales dieron a conocer el costo de las multas que se imponen a los ciudadanos detenidos por violar el toque de queda, cuyos montos van desde RD$1,000 a RD$100,000.

Mediante un comunicado público, la Procuraduría General de la República explica que las multas se encuentran contenidas en las medidas impuestas por el Gobierno dominicano a fin de evitar la propagación del coronavirus.

De manera oficial, el concepto de multa a los transeúntes será de RD$1,000, los que sean sorprendidos a bordo de motocicletas durante el toque de queda pagarán RD$2,000 y los que conduzcan vehículos en horario restringido serán multados con RD$5,000.

Las personas que sean sorprendidas en algún centro de diversión dentro del horario del toque de queda, serán multados con 2,000, mientras que los establecimientos tales como bares, restaurantes entre otros, deberán pagar RD$100,000.

Asimismo, se advierte que las denominadas “fiestas privadas” serán sancionadas con RD$100,000 de multa, un autobús transportando personas en el horario restringido será multado con RD$50,000.

También, los vehículos de carga que circulen sin permiso en el horario que no ha sido conferido, deberán pagar RD$30,000 de multa y las galleras serán amonestadas con RD$100,000 de multas.  

En la resolución firmada por la Procuradora General de la República, Mirian German Brito, se apunta que las personas arrestadas por incumplir el toque de queda y no tengan para pagar sus multas en efectivo, pues pagarán con trabajo comunitario.

La otra cara de la moneda

Sobre las multas que imponen las autoridades a personas que infringen el horario del toque, el reconocido jurista John Garrido, dijo que son ilegales las multas y los arrestos por el virus COVID-19.

Garrido estableció que supuestamente los fiscales no tienen poder punitivo administrativo y el Ministerio Público no tiene capacidad legal administrativa para ejercer el poder punitivo administrativo.

Añade que ni la Constitución de la República ni la ley le otorgan esta competencia, por lo cual es improcedente que fiscales están arrestando e imponiendo multas de manera ilegal por violación a las reglas sanitarias.

Dijo que las violaciones a las medidas sanitarias por el COVID-19 no conllevan arresto ni multa administrativa por parte de policía y fiscales, en vista de que cualquier violación a los protocolos sanitarios se rige por la ley No. 42-01 de Salud Pública.

Explicó que esta ley ordena que las infracciones sanitarias deben ser comprobadas por los inspectores de salud y estos remitirán las actas al Ministerio Público para que proceda a poner en movimiento la acción pública antes los tribunales del país.