Para la gente significan, genéricamente, más cargas. Y es loque ha ocurrido con la ley 112 de hidrocarburos. Desde el 2007 no se ajustaban– no se indexaban- los precios de los combustibles en violación al preceptolegal.
Las razones esgrimidas o evidentes son dos: La 1era. Elaumento exagerado de los precios internacionales de los combustibles, yla 2da. La motivación político-electoral.
Han pasado tres años sin indexar los combustibles. Ladiscrecionalidad de los responsables de la indexación es la norma. Siconviene indexo, si no conviene no indexo.
La conducción de una sociedad, cuya responsabilidad descansaen los gobernantes, puede demandar no indexar los precios de los combustiblesen determinados momentos por razones de calamidad social o amenaza importante ala gobernabilidad democrática. Lo que no puede ser es que cada gobierno deturno, por motivos electorales, deje de hacer lo que la ley 112 establece sobrela indexación de los precios de los combustibles por conveniencias político-electoraleso por un tranque financiero, francamente derivados de aquella discrecionalidad.
Tres años sin indexar es mucho tiempo para las razonespolíticas. Y mucho más para la discrecionalidad exhibida.
Ajustar ahora los precios de un macanazo, aún entendiendolas urgencias financieras del gobierno, amerita criterios políticos ymoderación en la toma de la decisión del ajuste. La indexación está llamada aafectar la economía de amplios sectores de la vida dominicana, que bienhubieran encajado los cambios graduales contemplados en la ley 112 sobre loshidrocarburos si la misma se hubiera respetado.
Fuente: www.perspectivaciudadana.com