Por: Rosaida González Imbert

La relación dominico-haitiana en el devenir histórico hasido controvertida, saturada de inconvenientes, luchas, ocupaciones yconfrontaciones, una situación heredada de la dominación colonial, en la quelos intereses metropolitanos tuvieron la Isla como escenario. Estas  perturbaciones políticas han distorsionadolos objetivos de paz y amistad entre los dos países vecinos.

La distribución de la isla y la imposición de límitesfronterizos  han sido tópicos dediscusión entre los dos países, sin embargo es la migración haitiana hacia laRepública Dominicana el aspecto de mayor preocupación para esta parte de laisla, pues millones de haitianos y haitianas han llegado al país sin permisolegal para ello, además de los hijos/as que han concebido aquí; y es estoúltimo, o sea la nacionalidad de estos, lo que ha generado un problema jurídico de dimensión internacional.

La República Dominicana, con las dificultades propias de un paíspobre se esfuerza por crecer, desarrollarse y garantizar los derechosesenciales de sus ciudadanos y paralelamente ha tenido que acompañar en sudolor y sufrimiento al pueblo haitiano, acogiendo a su población emigrante yofreciéndole las mismas condiciones que a cualquiera de nuestros nacionales.

Más de un millón de haitianos que residen el país, en casisu totalidad indocumentados transitan por las calles sin ser detenidos odeportados por tal irregularidad, estos ocupan el 80 por ciento de los trabajosen el sector agropecuario y una cantidad similar en el sector de laconstrucción; su participación, también en el mercado turístico es importante,en el ámbito salud el 13 por ciento de todos los partos que se hacen son amadres haitianas , estamos gastando 5 mil 300 millones de pesos para atender aciudadanos haitianos en asuntos de salud; eso significa más de 100 millones dedólares.

La cantidad de remesas que mandan los haitianos que residenen la República Dominicana es superior a cientos y cientos de millones dedólares, dos o tres cientos, cuatrocientos, no tenemos cuantificación, que sonnecesarios para dinamizar la economía haitiana.        Hoy tenemos 54 mil estudianteshaitianos en la República Dominicana, 36 mil están en las escuelas públicas, 15están en las universidades, pagando el mismo costo que pagan los dominicanosnacionales.

Después del terremoto, Haití se quedó sin puertos marítimosy todas las mercancías, desde el 2010, que ingresan al mercado haitiano, entranpor los puertos de la República Dominicana. El año 2012, para ser específico 11mil 676 furgones de mercancías entraron por los puertos de Santo Domingo ytransitaron por las calles del país para ir en auxilio de Haití.

Aún con todos estos datos, algunos países incluyendo Haitídicen que somos discriminadores y violamos los derechos de los haitianos/as,pero el Presidente Danilo Medina se refirió en la cumbre de la CELAC, celebradaen Cuba este año, de manera contundente expresando lo contrario y dijo: “paralos dominicanos es inaceptable que nos quieran acusar de racistas, que nosquieran acusar de discriminación y que nos quieran acusar de violación a losderechos humanos. No lo aceptamos. Sencillamente para nosotros es inaceptable,por los datos que hemos emitidos”.

A raíz de que el Tribunal Constitucional (TC) emitiera la sentencianúmero TC/0168/13, del 23 de septiembre de 2013, en respuesta a un recurso derevisión constitucional en materia de amparo incoado contra la Decisión No.473-2012 emitida por la Cámara Civil, Comercial y de Trabajo del DistritoJudicial de Monte Plata, se abre una revolución nacional e internacional,literalmente.

En síntesis, la sentencia dispone que los hijos deextranjeros sin residencia legal permanente nacidos en territorio dominicano,no son titulares de la nacionalidad de este país. Al mismo tiempo, establece unprocedimiento de “regularización” de los registros de actos del estado civildesde 1929 hasta 2007, ordenando la creación de libros-registro especiales denacimientos de extranjeros.

De ahí nace la necesidad de saber que es nacionalidad, lacual es el vínculo jurídico que une a la persona con el Estado y tiene la doblevertiente de ser un derecho fundamental y constituir el estatuto jurídico delas personas. Por esta relación, el individuo disfruta de unos derechos quepuede exigir a la organización estatal a la que pertenece y ésta, comocontrapartida, puede imponerle el cumplimiento de una serie de obligaciones ydeberes.

Cada país tiene requisitos fundamentales para adquirirla, enel caso controvertido (Haitiano- dominicano), muchos haitianos alegan serdominicanos por haber nacido en suelo dominicano, sin embargo la Constituciónhaitiana establece que “Posee la nacionalidad haitiana de origen, todoindividuo nacido de padre haitiano o de madre haitiana”, lo que derrumba latesis que han querido alegar las organizaciones internacionales que losafectados por la sentencia 168/13, se convierten en apátridas.

Las personas apátridas son aquellas que no es reconocida porningún país como ciudadano. En concordancia con lo que enuncia la ConvenciónAmericana sobre derechos humanos (Pacto de San José), en su artículo 20 “1.Toda persona tiene derecho a una nacionalidad. 2. Toda persona tiene derecho ala nacionalidad del Estado en cuyo territorio nació si no tiene derecho aotra”, este postulado y lo establecido por la Constitución haitiana, deja claroque ellos pueden ir a reclamar su nacionalidad a su país de origen.

Como resultado de la sentencia, la presión internacional nose hizo esperar, las críticas de organizaciones y foros internacionales hansido férreos contra nuestro país, nos han catalogado como discriminadores yabusivos, lo cual no es justo después de todo lo que hemos hecho por loshaitianos/as y que ningún otro país con más posibilidades económicas ha hecho.

Sin embargo,  el sentidohumano que caracteriza a los dominicanos/as dignamente representados pornuestro presidente Lic. Danilo Medina se ha llevado a cabo un Plan Nacional deRegularización, este  es el instrumentomediante el cual el país permite a un extranjero, que se radica en territoriodominicano en situación de no residente o irregular, obtener un statusmigratorio legal según una de las categorías definidas por la Ley General deMigración.

Sus principales objetivos son crear un espacio deoportunidad para aquellos extranjeros que se acojan a sus condiciones,requisitos y procedimientos, contribuir al mejoramiento de las condiciones devida y laborales, fortalecer la seguridad pública nacional y, por consiguiente,disminuir el número de personas extranjeras que han vivido un tiempoininterrumpido en el país y no cuentan con estancia regular en el mismo.

Las personas extranjeras que adquieran la calidadmigratoria, tanto de inmigrantes como no inmigrantes, continuaran haciendoefectivo el uso y goce de sus derechos y cumpliendo con sus obligaciones,además de contar con la protección del Estado dominicano.

Esta muestra de buena fe, no ha eximido a la RepúblicaDominicana de recibir la condena por parte la Corte Interamericana de DerechosHumanos, quien  ha declarado que este haviolado los derechos fundamentales de los alegados dominicanos de ascendenciahaitiana y muchas otras cosas, como respuesta a estas sanciones, el Estado,mediante sentencia constitucional nueva vez, ha dicho que no es parte de esacorte, por lo que su castigo no le es oponible al Pueblo Dominicano.

A modo de conclusión, debo resaltar que si bien es ciertoque han habido errores de manejo en cuanto a la sentencia y su cumplimiento, nomenos cierto es que la República Dominicana es un Estado Soberano, que tiene elderecho de elegir la forma adecuada de manejar su política migratoria,  como lo hacen otros Estados en función de subienestar, además que la comunidad internacional ha exagerado ysobredimensionado sus críticas en relación al tema hacia nuestro país, cuandosomos el principal colaborador de Haití, con hechos reales no con palabras.