El magistrado Monción, autor de varias obras sobre Derecho, afirmó que el jefe de Estado fue electo cuando estaba vigente otra Constitución, por lo que el aspecto relativo al “nunca jamás que se consignó en el proyecto de reforma constitucional, se abolió”.


A juicio del jurista, el  artículo 124 de la nueva Constitución en su parte in-fine solamente dice que “no podrá ser electo para el periodo Constitucional siguiente.


Sin embargo, observó esto sólo tiene aplicación para aquellos presidentes que son electos con la nueva Constitución”.


“Las leyes no tienen efecto retroactivo por mandato del artículo 110 de la actual Constitución”, sostuvo. El magistrado Monción hablò en estos terminos al dictar la conferencia “El Nuevo Paradigma en la Jurisdicción Inmobiliaria Frente al Derecho Procesal Civil”, con la que  dio apertura a la primera Maestría de Derecho Inmobiliario de la Universidad Autónoma de Santo Domingo (UASD).


Sostuvo que corresponderá al nuevo Tribunal de Garantía Constitucional hacer la interpretación de lugar sobre la posible reelección o no del Presidente Fernández.


La conferencia se llevó a cabo en la biblioteca “Pedro Mir” de la UASD, contó  con la presencia de Santo Inocencio Mercedes, decano de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas; Oscar Valdez Guillén,  coordinador general de la Maestría; magistrado Rafael Ciprián, juez del Tribunal Superior de Tierras de Santo Domingo.


También, Catalina Ferreras, juez coordinadora  del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santo Domingo y la magistrada,  Lusnelda  Solís, juez del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original de Santo Domingo.


Con relación a la jurisprudencia inmobiliaria, el magistrado Monción manifestó que la nueva ley de Registro Inmobiliario es una buena legislación, porque moderniza el sistema de mensura, y porque desjudicializa muchas cuestiones que estaban en los tribunales, para llevarlo de manera directa a los organismo técnicos de la jurisdicción.


También hace más rápido los procedimientos jurisdiccionales  y trae consigo más seguridad jurídica para el régimen de la propiedad inmobiliaria de la República Dominicana.