La empresa estatal está comprometida con el cumplimiento de las leyes de República Dominicana, las cuales asignan responsabilidades a diferentes instituciones que interactúan en el servicio eléctrico.

 

Incluso, ante el embargo interpuesto por la Alcaldía de Santiago contra la empresa, la EDENORTE precisa que la Ley 125-01, en su artículo 134 establece lo siguiente:

 

Las empresas de distribución pagarán mensualmente a cada municipio un tres por ciento de la facturación corriente recaudada dentro de la jurisdicción de cada uno de estos y sus distritos municipales. Este pago se hará mensualmente.

 

Por su parte, municipios y  distritos municipales pagarán el consumo eléctrico mensual del alumbrado público e instalaciones, incluyendo las vías públicas, dependencias municipales, parques, oficinas, cementerios, cuerpos de bomberos,  clubes deportivos y sociales.

 

La EDENORTE entiende que es de rigor la conciliación de los valores correspondientes entre ambas instituciones.

 

Afirma que este sorpresivo embargo por parte de la alcaldía de Santiago, “nos apena debido a que se trata de dos instituciones del Estado que están destinadas a brindar un servicio a la comunidad y a convivir armoniosamente en el cumplimiento de sus funciones.

 

Agrega que en esta conciliación  debe  incluirse  las nuevas luminarias, consumos de energía instalados en dicho municipio, sus distritos, incluyendo urbanizaciones, residenciales e instalaciones municipales desarrolladas desde  2008, fecha en que se realizó el último levantamiento catastral.

 

Revela que desde noviembre último EDENORTE ejecuta un plan de mejoramiento del alumbrado público, con el objeto de contribuir con la iluminación y seguridad ciudadana, que la ha llevado a destinar más de un millar de luminarias en importantes calles, avenidas, puentes, por lo que no esperamos de la alcaldía de Santiago una respuesta como esta.