No obstante, dicho tribunal  rechazó  los recursos de apelación  interpuestos por Díaz Martínez; el ex mayor Freddy  Altagracia  Guillen  y  el empresario Franklin  Domingo (El Gallero)  Hidalgo, en relación a  la medida de coerción que pesa en su contra.

 

Esto así, explica la sentencia de la Corte de Apelación  de Puerto Plata, porque no ha variado  los presupuestos  que dieron origen a la misma.

 

La Corte de Apelación de Puerto Plata  decidió anular la sentencia, impuesta a los imputados el 14 de diciembre último, por considerar que a los imputados  se les violaron sus derechos fundamentales.

 

En la ocasión, Díaz Martínez, Hidalgo y  Guillen fueron sentenciados  a  30  y  20 años de prisión por el tribunal  colegiado  de la Cámara  Penal  de Juzgado de Primera Instancia  del Distrito Judicial de Puerto Plata, que los encontró culpables de los cargos que se les imputan, principalmente  de asociación de Malhechores.

 

Durante el proceso de apelación a la sentencia condenatoria, los abogados  de la defensa alegaron que las pruebas presentadas al tribunal por el ministerio público fueron obtenidas de manera  irregular.

 

La Corte de Apelación ordena además que a los imputados  se le celebre un nuevo juicio ante el Primer Tribunal Colegiado  de la Cámara  Penal  del Juzgado de Primera Instancia  del Distrito Judicial  de Santiago, para una nueva valoración de pruebas.

 

La sentencia  de la Corte está  firmada por los magistrados, Xiomara Tineo Reyes, Míguenla De Jesús Beard Gómez, Alcides De Jesús Matías  Cueto  y Juana R.  Polanco Surun.

 

En el proceso los inculpados estuvieron representados  por los  abogados  Altagracia  Serrata, José Luís Silverio, Aylin Corsino Núñez y  Edwin  Rafael Toribio. Estos dos últimos en calidad de defensores públicos.