COLEGIO DOMINICANO CIRUJANOS ABOGA RECERTIFICACIÓN MÉDICA
El Colegio Dominicano de Cirujanos (CDC) informó que tiene preparado los módulos de los cursos de educación continúa para la “recertificación de sus miembros, con lo que persigue asegurar la calidad de la atención médica ofrecida a los enfermos”.
Este adiestramiento estará dirigido a los cirujanos miembros de la Sociedad Médica Especializada y forma parte del empeño que tiene el CDC en mejorar la capacidad, experiencia y el desempeño, mediante la recertificación de sus miembros.
No obstante, el CDC no ha podido dar inicio a este proceso debido a que la instancia que tiene que regir y emitir, al final, la “recertificación”, es el Consejo Nacional de Recertificación Médica (CONAREM).
El CONAREM debe estar integrado por representantes de los Ministerios de Salud Pública y Educación Superior Ciencia y Tecnología, el IDSS, la Asociación de Facultades de Medicina, el Colegio Médico Dominicano, Sanidad Militar y de la Universidad Autónoma de Santo Domingo.
Pero, este organismo no se ha conformado pese a que la reglamentación para tales fines se promulgó en noviembre de 2005.
El presidente del CDC, doctor Heriberto Rodríguez Bonet, para motivar este proceso, citó al famoso cirujano Mark M. Ravitch, quien dijo que, “los cirujanos jóvenes incurren en el error de creer que el conocimiento puede compensar la falta de experiencia y los cirujanos de edad incurren en el error de creer que la experiencia puede compensar la falta de conocimiento”.
Rodríguez Bonet consideró que es propicia la ocasión para dar los pasos pertinentes tras la firma del acuerdo entre el gobierno y el Colegio Médico Dominicano (CMD), para que se “abran las puertas para este y otros logros en la calidad de estos servicios”.
Señaló que la “recertificación de especialistas”, es un procedimiento que contribuye a asegurar la calidad de la atención médica entregada a los enfermos, que de acuerdo al artículo 98 de la Ley General de Salud (42-01), establece que toda persona tiene derecho a servicios de salud de calidad, en base a normas y criterios previamente establecidos y bajo supervisión periódica.
Indicó que el CDC amparado en la ley de Colegiación Médica (68-03), y como filial del Colegio Médico Dominicano y los artículos 4, 5, 8, 10, 11, 12, 13, y 14 del Reglamento de Recertificación está facultado para calificar los documentos curriculares.
Sostuvo que los procesos de reforma del sector salud requieren de mecanismos de regulación que ayuden a impulsar la calidad, la eficacia y la eficiencia de los servicios, por lo que la recertificación debe ser un estímulo para Sociedades Científicas, Universidades, Colegio Médico Dominicano y las Instancias Estatales.
Explicó que después de jugar un papel protagónico en la formación de especialistas en áreas quirúrgicas, esta sociedad especializada, tiene interés en comenzar en el país este proceso, el cual ya se realiza en muchos otros países, tanto de Europa, Norteamérica y Latinoamérica.
Con los cursos el CDC persigue que la gran mayoría de los especialistas miembros del CDC que estén ejerciendo, se preocupen por mantenerse al día, para que puedan obtener una parte importante de los créditos necesarios para recertificarse sin dificultad.
Además del curso de recertificación, de acuerdo con el reglamento nacional de recertificación médica, se otorgarán créditos por otras actividades como asistencia a congresos, ejercicio activo de la especialidad, actividades académicas docentes en universidades, programas acreditados, asistencia a cursos de perfeccionamiento, presentación de trabajos, conferencias, publicaciones y actividades en las sociedades científicas.
La calificación debe ser realizada por la Unidad o Consejo Científico y de Recertificación CDC, el cual lo tramitará al Consejo Nacional de Recertificación para la emisión final del documento de acreditación que tendrá validez por un período de cinco años.