COE LIMITA ZONAS PARA LAS ACTIVIDADES RECREATIVAS
Las actividades de carácter recreativo, sociales o culturales que se realicen fuera del horario establecido para los bañistas el cual es de 9:00 de la mañana a 6:00 de la tarde, sólo se podrán desarrollarse a una distancia mínima de 150 metros fuera de las playas y balnearios.
Así lo dispuso mediante resolución número 001-2010 el Centro de Operaciones de Emergencias (COE), el cual indica que con la medida procura que dichas actividades no interfieran las labores de socorro y atención que realizan los organismos oficiales durante el Operativo Semana Santa Por la Vida 2010.
El dispositivo de la resolución es el siguiente:
"ARTÍCULO ÚNICO: se establece que todas las actividades de carácter recreativo, sociales o culturales, que se quieran realizar fuera del horario establecido para los bañistas, el cual es de 9:00 de la mañana a 6:00 de la tarde solo se podrán desarrollar a una distancia mínima de 150 metros fuera de las playas y balnearios.
Con esta medida se procura de que dichas actividades no interfieran con las labores de socorro y atención que realizan los organismos de primera respuestas durante el Operativo Semana Santa Por la Vida 2010".
Fuente: www.almomento.net