Caamaño exhortó a los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), consultar directamente con sus ARS sobre las cuotas moderadoras que les corresponde pagar, de acuerdo a las tarifas pactadas y vigentes con la PSS.

 

Sostuvo que si bien es cierto que a las clínicas les asiste el derecho a ajustar sus costos, hacerlo de la forma que pretenden es incorrecta, debido a que los recursos del sistema son limitados, por lo cual existen normativas que regulan la contratación de los servicios”.

 

“Aunque algunos proveedores asuman que la actividad que desempeñan es parte de un mercado de servicios, donde se ejerce libre empresa, deben recordar que éstas seguirán siendo reguladas y fiscalizadas,  en especial en lo concerniente a la salud de los afiliados que cotizan al SDSS”, argumentó.

Recordó que la Ley 87-01 en su artículo 176,  acápite (i), faculta a la SISALRIL para mediar como árbitro conciliador cuando existan desacuerdos entre las ARS y las Proveedoras de Servicios de Salud  y establecer, en última instancia, precios y tarifas del Plan Básico de Salud.

 

“De surgir diferencias o discrepancias entre clínicas y las ARS, estaremos siempre de parte de aquellos que se ciñan a los contratos vigentes”, puntualizó Caamaño.