La querella penal con constitución en actor civil por el delito de denegación de de acceso a la información pública contra Gabriel Mora (Canoa), fue entregada en la mañana de hoy en la Procuraduría Fiscal del Departamento Judicial de Puerto Plata,  por licenciado Víctor Horacio Mena Graveley, abogado y apoderado especial de ADECA.

 

La acción se inicia basada en la violación de la Ley 200-04 Sobre Acceso a la Información pública, cuyo artículo 30 establece que el “funcionario público o agente responsable que en forma arbitraria denegare, obstruya o impida el acceso del solicitante a la información requerida, será sancionado con pena privativa de libertad de seis meses a dos años de prisión, como inhabilitación para el ejercicio de cargos públicos por cinco años.”

 

En enero último ADECA, representada por su presidente Peter Orr, depositó una solicitud de acceso a la información pública dirigida a los departamentos de Tesorería,  Archivo y al Director de la Junta Distrital de Cabarete, en la cual solicitó la información contable sobre ingresos y egresos, y los contratos firmados por esta junta.

 

La entidad solicitó, desde enero de 2004 hasta enero del 2011, todos los cierres contables mensuales con anexos y soportes; los cierres del año fiscal con sus soportes y anexos.

 

Además, el manual de procedimiento para los registros contables; las conciliaciones bancarias con sus soportes y anexos; los informes trimestrales de contabilidad; los presupuesto de ingresos y gastos; las deudas del ayuntamiento, citando las personas físicas y compañías; la lista  de proveedores; estados financieros; copias certificadas, de todos los permisos de construcción autorizados, y copias certificadas de todos los contratos firmados por la junta distrital de Cabarete.

 

Pero en enero Mora  (Canoa) rechazó por escrito la solicitud de acceso a la información pública, alegando que asumió como director municipal el 16 de agosto del 2010 y “por tal consecuencia y razones lógicas, la ley 200-2004 no me obliga a emitir, a otorgar o brindar informaciones que no estaban en mi posesión ni bajo mi control.”

 

Ante la negativa ADECA interpuso un recurso de amparo, el 10 de marzo pasado ante la Primera Sala de la Cámara Civil del Departamento Judicial de Puerto Plata.

 

El  24 de marzo se celebró la audiencia, y el 6 de abril la corte emitió la sentencia en la que “ordena a la Junta Distrital de Cabarete, rendir toda la información pública requerida” por ADECA en su solicitud del 12 de enero del año 2011, y le concedió un “plazo improrrogable de cinco (5) días hábiles a partir  de la notificación de la presente sentencia”.

 

Además, impuso a la Junta el pago de una multa (o astreinte) de sólo RD$2, 000 por cada día dejado de transcurrir sin dar cumplimiento “a lo que esta decisión le ordena una vez haya transcurrido el plazo concedido para ello.” La sentencia fue notificada a la Junta el 14 de abril, pero Canoa no ha entregado la información solicitada.