Esta acción judicial llevada a cabo por Jiménez Messón está basada, según el jurista, en las violaciones que a varios artículos de la Constitución que ha cometido la Junta de Vecinos del sector Bayardo de esta ciudad.

 

Incluso, Jiménez Messón notificó el lunes último al Concejo de Regidores que sesionó de manera extraordinaria ese día sobre las amenazas que profirió en su contra uno de los guardianes que controlan una de las puertas de acceso a dicho residencial.

 

El jurista reveló que en su Acción de Amparo le ha planteado al citado tribunal, cuatro violaciones constitucionales, cada una de las cuales está basamentada en pruebas.

 

Señaló que el primer planteamiento que hace en su Acción de Amparo es que la conducta de la Junta de Vecinos del Bayardo viola el artículo 46 de la Constitución, que consagra la libertad de tránsito y los artículos 51 y 59 de la Carta Magna, los cuales consagran el derecho de propiedad.

 

Asimismo, la presentación de la acción judicial se origina en el hecho de que la Junta de Vecinos del sector Bayardo también ha violado los ordinales 13 y 15 del artículo 40 de la Constitución, porque “hay un atentado a la seguridad personal de todos los que residen en el residencial o lo visitan”.

 

Del mismo modo, explicó que las disposiciones de la Junta de Vecinos son violatorias del artículo 47 de la Constitución, que consagra la libertad de asociación.

 

El abogado Jiménez Messón dijo que debido a la gravedad de la situación “tuve que tomar acción más enérgica que la Acción de Amparo, un querellamiento por ante la Fiscalía, con constitución en parte civil”.

 

Solicitó de los Concejales que por una razón elemental de conciencia “busquen una solución preventiva a este problema que se presenta en el sector Bayardo, para que no tengan la molestia de asistir a un entierro de un vecino o un visitante ese lugar”.

 

Solicitó eliminar las restricciones al acceso al residencial y al mismo tiempo anunció que en su querellamiento en contra de la Junta de Vecinos de Bayardo ha solicitado que se imponga un astreinte de RD$50,000.00 por cada día que se mantenga cerrado el acceso.