Frente a los abundantes recursos que se han acumulado, bien podrían mejorarse los actuales beneficios y dejar atrás rigideces como la indemnización por años de servicio, o disminuir la tasa de cotización. Lo que no cabe es debilitarlo para combatir la crisis.
El seguro de cesantía (SC) se estructuró en base a Cuentas Individuales de Cesantía (CIC) y un Fondo de Cesantía Solidario (FCS), financiados con cotizaciones de cargo de los trabajadores y de los empleadores, con un fuerte componente solidario, y un aporte anual del Fisco. Los recursos en Cuentas Individuales de Cesantía, que son los primeros utilizados para el pago de beneficios en el evento de cesantía y se incrementan de acuerdo a los aportes y a la rentabilidad de las inversiones que financian mientras no son utilizados, son propiedad de los trabajadores.
Juegan por lo tanto un papel importante en controlar el “riesgo moral” -inclinación a permanecer innecesariamente fuera de la fuerza de trabajo para maximizar el acceso a beneficios del seguro- que típicamente afecta los seguros de cesantía. En distintas oportunidades, la Superintendencia de Pensiones ha proyectado la evolución de las CIC y el FCS ante diferentes supuestos sobre rentabilidad y escenarios que simulan el impacto de crisis económicas sobre la utilización de los fondos. De estos análisis, hasta ahora siempre positivos, han surgido propuestas para mejorar beneficios y suavizar requisitos para acceder a los recursos, las que se materializaron en importantes reformas en 2009 y 2015.
Recientemente se ha estado observando que entre fines de 2019 y fines de 2020, a pesar de una dramática caída en el empleo, los recursos acumulados en las CIC y el FCS se redujeron marginalmente. Si bien aún queda camino por recorrer en esta crisis, se han entendido las cifras preliminares como indicativas de que es factible mejorar y extender más los beneficios del SC con las mismas cotizaciones, o, alternativamente, reducir las actuales cotizaciones manteniendo los beneficios existentes.
Poder extender los beneficios significa que el país está en condiciones de constituir el SC en el mecanismo eficaz para apoyar al trabajador que pierde su empleo, dejando atrás las indemnizaciones por despido -hoy definidas como un mes por año de servicios con tope en 11 meses- que han sido largamente identificadas como una traba a la flexibilidad laboral y, según ha documentado la OCDE, el origen de una segmentación en el mercado laboral chileno que limita la capacitación en el trabajo y los aumentos de productividad de los trabajadores. Expandir en este sentido el rol del SC, mejorando la protección de los trabajadores y eliminando rigideces laborales de alto costo social, sería la culminación exitosa de un desarrollo institucional que, tras aprovechar para su creación los 20 años de experiencia previa del país con manejo de cuentas previsionales individuales, ha agregado tres lustros de experiencia exitosa que permiten potenciarlo.
La opción de ajustar las cotizaciones, reduciéndolas a lo requerido para la sostenibilidad del sistema operando según los parámetros actuales, también es una alternativa positiva desde el punto de vista del funcionamiento del mercado laboral. Si bien inferior a la primera alternativa, se estaría eliminando la parte de la cotización que resulta excesiva para viabilizar el SC, algo equivalente a eliminar un impuesto al trabajo, con efectos positivos sobre el empleo y la formalidad laboral tras las urgencias para enfrentar la pandemia está la necesidad de asegurar que, tan pronto esta ceda, la economía comience a absorber productivamente al enorme número de personas actualmente desocupadas, subocupadas o fuera de la fuerza de trabajo. Esto no ocurrirá sino como consecuencia de la operatoria de las instituciones laborales adecuadas. En este contexto, el SC y sus ajustes están llamados a jugar un rol esencial. Lo que no cabe es considerar su debilitamiento en el fragor del combate a la crisis.